Este Tribunal Tercero de Control, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, NIEGA la solicitud de Orden de Aprehensión, solicitada por el ciudadano Fiscal Octavo del Ministerio Público, en contra del ciudadano JORGE CHARROUF CASTILLO, por no llenarse los extremos exigidos en el artículo 250, ordinales 1º, 2º, 3º y Primera Aparte, en concordancia con el artículo 130 del Código Orgánico Procesal Penal. Devuélvanse las presentes actuaciones y cúmplase.
LA JUEZ,
SANDRA MENDOZA HENRIQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. RITA D´ALESSIO
En esta misma fecha se notificó el presente auto.
LA SECRETARIA,