Visto el escrito de Promoción de Pruebas en el Recurso de Nulidad presentado en fecha 21 de Mayo de 2018, por la abogada Beatriz Haidee García Bandrés, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 248.045, asistiendo a los a los ciudadanos, asistiendo a los a los ciudadanos Blanco López Merquiades Josefina, Blanco Blanco Alberto José, Blanco de Belisario Gertudis Josefina, Blanco de Gómez Antonia Quilina, Blanco de Madrid María Sofía, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.782.958, V-8.779.558, V-4.394.874, V-8.782.957, V-7.289.664, respectivamente, mediante el cual promueve pruebas documentales, e igualmente visto el escrito de Promoción de Pruebas al Recurso de Nulidad presentado en fecha 22 de Mayo de 2018, por la abogada Yoraima Claret Liscano Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.279.796, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los .....