Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos FERNANDO AGUSTIN PANTOJA Y ZORAIDA JOSEFINA GUACARAN MARTINEZ, suficientemente identificados en los autos y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura Civil del Municipio Las Mercedes del Llano, del estado Guárico, en fecha 07 de Marzo del año 1.985, según acta Nº 11.-