III
DISPOSITIVA
En consecuencia, por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Demanda de Cumplimiento de Contrato Verbal de Compraventa sobre un inmueble ubicado en la urbanización "Brisas de Pariapán", sector Nº 01, calle Nº 2, casa N° 4, de esta cuidada de San Juan de los Morros, Estado Guárico, incoada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO JIMÉNEZ NAVAS, venezolano, soltero, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-8.817.584 contra el ciudadano RAFAEL RAMON MARTINEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de .....