Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A efectuada por los ciudadanos ANGEL FACUNDO RODRIGUEZ y MORELA DEL CARMEN VALIENTE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-10.265.100 y V-13.237.404 respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 13 de Febrero del año 1991, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Foránea El Calvario Distrito Miranda del Estado Guárico.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Mi.....