DISPOSITIVA:
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se Declara SIN LUGAR, la solicitud efectuada por la Defensora Pública Abg. DORIS CONTRERAS de SUSTITUCIÓN de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el imputado JUAN JOSE FLORES VALERA, plenamente identificado, de conformidad con los artículos artículo 250 con relación al artículo 251 ordinales 2°, 3°, 5º y Parágrafo Primero del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese a las partes.
LA JUEZA,
ABG. MILAGROS LADERA HERNÁNDEZ EL SECRETARIO,
ABG. JORGE TESARE
27 de Mayo de 2010
ASUNTO PRINCIPAL: JP01-P-2009-005629