Es por las anteriores consideraciones de hecho y de derecho, en atención al acuerdo reparatorio celebrado y cumplido entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 48 ordinal 6° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Primero de Control de la Extensión Judicial de Calabozo, estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos.
PRIEMRO: Se decreta la Extinción de Acción penal y el subsiguiente Sobreseimiento de la causa, seguida contra de los ciudadanos LUIS ALEXANDER ANDREA GONZALEZ, por el delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, ordinal 4° del Código Penal, y HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artìculo1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehìculo Automotores en perjuicio de JULIO CESAR BERMUDEZ, y del ciudadano FRANCISCO ANTONIO CUENCAS SOLORZANO, por los delitos de APROVECHA.....