DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos supra expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Imparte la Homologación, al desistimiento de la Acción y del procedimiento efectuado el día 24 de Mayo de 2017, por la parte actora, ciudadano Pedro Antonio Garrido, asistido por el abogado Carlos Eduardo Rondon Oliveros, inscrito en el inpreabogado Nº 158.022, de la demanda por Acciones Derivadas de Conflictos Suscitados entre Sociedades de Usuarios, Uniones de Prestarios, Cooperativas y Demás Organizaciones de Índole Agraria, contra los ciudadanos Saúl Miguel García Aguilera y Faustino Colmenares, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.634.405 y V-5.684.683, respectivamente, domiciliados en el sector Palo Seco, Parroquia Calabozo, Municipio Francisco de Mir.....