DISPOSITIVA: Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido por el abogado JOSÉ TEODARDO MALAVÉ MACHUCA, apoderado judicial del querellante, ciudadano ARTURO CELESTINO SOTO LORETO, en contra de la decisión de fecha 17 de noviembre de 2015, publicada in extenso en fecha 20 de noviembre de 2015, por el Juzgado Primero (1º) de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, que decretó de oficio el abandono de la querella interpuesta en contra del ciudadano FABRICIO DI GUILIO SILVESTRI, por la presunta comisión del delito de Difamación, previsto en el artículo 442 del Código Penal; todo de conformidad con lo preceptuado en el tercer aparte del artículo 407 del Código Orgánico Procesal Pe.....