En consecuencia, por todas las razones anteriormente expuestas y considerando que es deber de todo juzgador, ante la incomparecencia de la parte accionada a la audiencia preliminar, efectuar un minucioso análisis del caso concreto es oportuno señalar que para la determinación del salario diario así como el salario integral, pasa este tribunal a cuantificar y verificar el monto que por concepto de prestaciones sociales le corresponden a los demandantes por el tiempo efectivo de servicio prestado, y establecer, previamente, el salario básico de calculo para los conceptos reclamados en razón de los datos aportados, debiendo esta sentenciador verificar si durante cada periodo , el salario mínimo mensual devengado por los demandante es mayor o igual al salario mínimo decretado para cada época a los efectos de realizar los cálculos sobre tales conceptos , demostrados por lo que analizado como lo han sido la procedencia de todos los conceptos reclamados por el actor en el escrito libelar.....