En el día de hoy martes diecisiete (17) de diciembre de dos mil ocho (2.008), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la AUDIENCIA PRELIMINAR en el asunto, se deja constancia de la incomparecencia de la PARTE ACTORA ni de la PARTE DEMANDADA ni por si ni por medio de apoderado alguno; no obstante, luego de que el ciudadano Juez declaró abierto el acto e inicio el mismo, al revisar las actas que conforman el expediente observa que no comparecieron al acto, por lo que puede concluirse que los accionantes han decidido voluntariamente no seguir, por falta de interés procesal o por cualquier otro motivo, con el presente proceso, lo que no perjudica ni limita sus derechos laborales de los que son titular, aunado a la circunstancia que no hay un pronunciamiento jurisdiccional definitivamente firme que por efecto de la cosa juzgada impida ni limite ejercer nuevamente su derecho de acción, toda vez .....