Así las cosas en la presente causa nos encontramos en fase de ejecución, donde se ha producido un fallo y un decreto de EJECUCIÓN FORZOSA de la Sentencia, y por otro lado el Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de ésta Circunscripción Judicial, que lleva la causa a la que se pretende acumular la presente no corresponde al conocimiento de este despacho lo que pudiera violentar el orden de prelación de los acreedores que concurran a satisfacer su crédito y aunado a todo ello no existe sustento legal para acordar la pretendida acumulación en fase ejecutiva, por lo que en virtud de lo anteriormente expuesto, es forzoso para esta Juzgador declarar la IMPROCEDENCIA de la solicitud del apoderado judicial de la parte actora con respecto a la acumulación de causas solicitada, por encontrarse éstas en fase ejecutiva.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabaj.....