Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano DOUGLAS RAFAEL NAVAS AGUANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-9.915.234 debidamente representado por la profesional del derecho, ciudadana SONIA FILOMENA MOTA NAVARRO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-3.220.330 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 16.241, representación que se evidencia de documento poder apud acta incorporado al folio 12 del expediente, con domicilio procesal en la avenida Rómulo Gallegos, edificio Los Motas, local número, parte inferior, Valle de la Pascua, Es.....