Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JAIRO ROLANDO DURANT RAMOS, Venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento: 13-09-1.963, y titular de la cédula de Identidad número V.-8.573.336, debidamente representado por la profesional del derecho, ciudadana ERAIDA MIREYA CAMPOS HERNÁNDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-13.513.558 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 42.100, en su carácter de abogada asistente, con domicilio procesal en la calle Miranda, número 38, Quinta Mis Delicias, frente a la Plaza El Sol, Tucupido, estado Guárico, y condena a pagar a.....