Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua declara:
PRIMERO: Procedente el llamado a tercero del ciudadano JIANMING ZHENG, de nacionalidad China, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E.-82.270.086 conforme a las previsiones del artículo 54 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.