Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana CARMEN TEODORA MUÑOZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V-13.340.346, representada judicialmente por los profesionales del derecho, ciudadanos GISELA MARÌA SOLANO TABLANTE y RAMÓN ALBERTO VÁSQUEZ BRICEÑO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V.-16.506.699 y V.-5.759.946 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 122.601 y 96.802, respectivamente, cualidad que se observa de poder apud acta incorporado al folio 85 de las actuaciones, con domicilio procesal en la avenida la.....