DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Invalidación interpuesto por el Profesional del derecho, ciudadano CARLOS E. COLMENARES MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-8.553.900 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 41.803, en su carácter de coapoderado judicial de la sociedad mercantil VÍVERES Y LICORERÍA EL FARAÓN, C.A., debidamente inscrita el 18 de junio de 2.004 por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, bajo el número 29, Tomo 6-A, de los libros llevados por ese registro, por no estar llenos los extremos a que se refiere el literal 1) del artículo 328 del Código de Procedimiento Civil.