Por recibido y visto el asunto identificado con el ASUNTO Nº JP51-N-2011-000021, nomenclatura interna de este Circuito Judicial Laboral del Estado Guárico; con motivo del RECURSO DE NULIDAD, con Medida Cautelar con Suspensión de Efectos de la Providencia Administrativa Nº 15-2010, de fecha 15 de Marzo de 2010, emanada de la Inspectoria del Trabajo de la Zona Centro Sur con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guarico, que declaró CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano NORIS MARLENE TORREALBA venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.138.896, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO RIBAS, es por lo que este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones previas:
I
DE LA COMPETENCIA
Pues bien, el presente asunto trata de un recurso contencioso administrativo de nulidad, es preciso despuntar que la competencia para conocer de las nulidades de los actos administrativos emanado.....