Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por la parte actora ciudadana CARLOS RAMÓN GUARÁN C.I. 8.559.147 en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
SEGUNDO: Se condena a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO plenamente identificada en autos a cancelar al ciudadano CARLOS RAMÓN GUARÁN C.I. 8.559.147 la cantidad de Bs. SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON DIEZ CÉNTIMOS Bs. 7.973,10
TERCERO: No hay lugar la condena en costas dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: Se ordena mediante un único perito designado por el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución se realice experticia complementaria del fallo la corrección monetaria e intereses de mora e indexación de conformidad con lo establecido en el Artí.....