-DISPOSITIVA-
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana LILIANA DEL CARMEN ANDRADEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-10.963.324, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO LEONARDO INFANTE.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la Ciudad de Valle de la Pascua, a los veintitrés (23) días del mes de octubre de dos mil Catorce (2014). Años 203° de la Independencia y .....