En mérito de las consideraciones precedentes este Juzgado Segundo de primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano JOSÉ RAFAEL ZURITA C.I. 8.562.174; en contra de la DISTRIBUIDORA DE HIELO DÍAZ y el ciudadano ALFREDO DÍAZ.
SEGUNDO: Se condena a la DISTRIBUIDORA DE HIELO DÍAZ a cancelar al ciudadano JOSÉ RAFAEL ZURITA C.I. 8.562.174 las cantidades de dinero que a continuación se transcriben:
1.- VACACIONES VENCIDAS
360 x 118,71 = Bs. 42.734,74
2.- VACACIONES FRACCIONADAS
15,67 x 118,71 = Bs. 1.859,75
3.- UTILIDADES VENCIDAS
150 x 118,71= Bs. 17.806,14
4.- UTILIDADES FRACCIONADAS
5 x 118,71= Bs. 593,54
5.- ANTIGÜEDAD Art. 108 LOT. = Bs. 31.939,23
Total= Bs. 94.933,40 menos la compensación establecido en el parágrafo único del Artículo 165 de .....