este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; en aras de reestablecer el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional; todo ello atendiendo a lo previsto en el Articulo 206 del Código de Procedimiento Civil; norma cuya aplicación analógica se adopta de conformidad a lo establecido en el Articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 134 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; le es forzoso declarar la nulidad de todas las actuaciones posteriores a la Audiencia Preliminar; y en consecuencia REPONE LA CAUSA al estado de que el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Proc.....