Se HOMOLOGA la Transacción celebrada por las partes, en fecha 04 de Julio de 2006, cursantes a los folios 203 al 205, ambos inclusive, del presente expediente judicial. Hasta que no conste en las actuaciones procesales de este expediente judicial el cumplimiento total y definitivo de las obligaciones asumidas por la parte demandada en esa Transacción Judicial; no se ordenará el cierre y el archivo del expediente judicial.