Por todo lo antes expuesto, habiéndose encontrado elementos suficientes para suspender los efectos de la providencia administrativa cuestionada, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se decreta medida cautelar de Suspensión Temporal de Efectos de la Providencia Administrativa Nº 103-2011, de fecha 15 de Septiembre de 2011, sustanciada en el expediente con la nomenclatura N° 071-2011-01-000419, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Valle de la Pascua, que ordena el reenganche y pago de salarios caídos a favor del ciudadano LUIS GERARDO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 18.784.946, ello mientras se decida la presente causa.
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SEGUNDO: Se ordena la Notificación de los destinatarios de la medida, antes identificados, de la presente decisión, a p.....