este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley decide: PRIMERO: HOMOLOGAR la Transacción Judicial celebrada por las partes, mediante diligencia, presentada en fecha veinte (20) de enero de 2010; cursante a los folios ciento ochenta y tres (183) al ciento ochenta y cuatro (184) del presente expediente judicial; en consecuencia, cumplido el lapso para intentar los recursos a que diere lugar con motivo de la presente decisión sin que las partes hagan uso de recurso alguno y una vez que la parte demandada de cumplimiento total y definitivo a la obligación de pago que se ha contraído en la Transacción Judicial celebrada, up supra identificada, se ordenará la remisión de la presente causa al archivo judicial para que previo inventario y legajo sea debidamente identif.....