PRIMERO: Homologa el Desistimiento del Procedimiento suscrito por el profesional del derecho AQUILES MALUENGA, venezolano, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 78.904, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OVIDIO DOMINGO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.- 15.101.323, contra el Ciudadano OSWALDO BORIGO; codemandado en el presente asunto este Tribunal y le imparte su aprobación otorgándole el carácter de cosa juzgada. SEGUNDO: Se ordena proceder a la certificación para la instalacion de la audiencia.