Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSE ANTONIO CAMACHO ARMAS, JULIO CESAR PAREDES SANDOVAL, y CARLOS EDECIO PAREDES SANDOVAL, ya identificados, contra la empresa ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A., antes denominada C.A. PROMESA, ya identificada, SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-