En virtud de las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCION DE LA INSTANCIA y la TERMINACIÓN DEL PROCESO por Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales, planteado por el Ciudadano JOSE ANTONIO UVIEDO RODRIGUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.265.500 contra el MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO GUARICO.-
No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo, conforme lo establece el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese de la presente decisión a la parte actora ciudadano JOSE ANTONIO UVIEDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10......