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Decisiones del dia 05/10/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : JP61-L-2009-000149 N° Sentencia : 1009-12-003 Fecha: 05/10/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
MARIA JOSE RENGIFO APONTE, VS KAYSON COMPANY DE VENEZUELA C.A.-
Resumen:
Dejándose constancia de la incomparecencia de la KAYSON COMPANY DE VENEZUELA C.A., quien NO compareció ni por medio de representación legal, estatutaria y/o judicial, por lo que de declara LA PRESUNCION DE LA ADMISION DE LOS HECHOS, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de conformidad con la sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, este Tribunal diferirá el pronunciamiento definitivo, para el quinto (5º) día hábil siguiente a la presente fecha. Se deja constancia que la parte Demandante y compareciente al presente acto, consignó Escrito Probatorio de cuatro (4) folios útiles, y cuatro anexos marcados "A", "B", "C" y "D", contentivos de Veinticinco (25) folios de anexos. Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman.
Juez/Ponente:
Rafael A. Rodriguez Contasti
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
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N° Expediente : JP61-L-2009-000190 N° Sentencia : 1009-12-004 Fecha: 05/10/2009
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
IGNACIO ANDRADE ARANDA, VS AGROPECUARIA PUERTO MIRANDA, C.A.-
Resumen:
Este juzgado se abstiene de admitirlo, en virtud que, el mismo no cumple con el requisito de admisibilidad contenido en el numeral 3° del artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dado que, la parte presentante en su escrito libelar no señala la operación matemática para obtener el salario normal e integral, y en el caso de los conceptos demandados específicamente en el caso de la antigüedad, la operación aritmética y método del calculo para discriminar mes por mes conforme al salario integral respectivo a partir de la fecha que se comenzó a generar tales conceptos, es por ello que debe la parte accionante debe indicar la operación matemática para obtener el salario promedio y el integral; así mismo, discriminar el salario integral mes a mes, a partir de la fecha en que se comenzó a generar el derecho de antigüedad a cada trabajador. Así queda decidido. -----------------------
Juez/Ponente:
Rafael A. Rodriguez Contasti
Organo:
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, con sede en Calabozo
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