: Este Juzgado Octavo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico (sede Calabozo), en ejercicio de la potestad de administrar justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, y condena a la sociedad mercantil SERVIRICA, demandada en el presente juicio a pagar a los ciudadanos, DENNYS JOSE BOLIVAR, JOSE ANDRES CANELONES, VICTOR RAMON CASTILLO, CARLOS JOSE MORALES ARANA, FELIX RAMON SILVA VILLANUEVA y FELIX MARIA SILVA, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 18.909.188; 4.142.731; 8.054.837; 2.229.907; 14.926.593 y 8.403.666, los siguientes conceptos y montos: 1)Prestación de Antigüedad Articulo 108 de la L.O.T; 2) Vacaciones Vencidas:3)Vacaciones Fraccionadas; 4) Bonificación especial, 5) Utilidades previstas en el artículo 174 de la Ley Orgánica del Trabajo; 5) Salarios Retenidos; 6) Días Feriados.....