este Juzgado Octavo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico (sede Calabozo), en ejercicio de la potestad de administrar justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, y condena al ciudadano JULIO CESAR BOLIVAR, demandado en el presente juicio a pagar al ciudadano, HILDA MARGARITA BARCO OROZCO ... TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 3549,83), que comprende la sumatoria de todos y cada uno de los conceptos y montos establecidos supra.