En virtud de lo antes expuesto este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA que la empresa, CAMICEN, C.A, identificada en autos, pague a los demandantes plenamente identificado en autos, la cantidad de Lo que da una totalidad de TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 3.648,00), por todos y cada uno de los conceptos reclamados y descritos en el libelo de la demanda. Dada la naturaleza del presente fallo, se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida, de conformidad a Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjense correr los lapsos correspondientes, a los fines de la interposición de los recursos a que hubiere lugar.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia autorizada.