PRIMERO. SE HOMOLOGA el convenio transaccional que suscribieron JOSE PATROCINIO, MIGUEL EDUARDO ABREU GARCIA, MANUEL ALEXI BENAVIDES NAVARRO ENYS YSAGUIRRE, JOSE LUIS RIVERO, ANDIS EDUVIES BATISTA, titular de la C.I. Nº V-7.281.227, 8.620.739, 12.475.578, 12.476.512, 10.270.095, y la empresa CORPORACION DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AGRICOLAS SOCIEDAD ANONIMA CASA, Planta de Silos P.N.S., plenamente identificados en autos y le da efecto de cosa juzgada con fuerza de ley entre las partes.
SEGUNDO. SE DA POR CONCLUIDO este asunto y se ordena su archivo definitivo una vez conste en autos el pago acordado. Se ordena la entrega del material probatorio presentado en la instalación de la audiencia preliminar.