PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE GREGORIO PARRA ASTUDILLO, titular de la cedula de identidad Nº 11.116.611, debidamente asistido por el abogado ADOLFO JULIO MOLINA BRIZUELA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 86.354 contra del auto de fecha 01 de febrero del año 2008 dictado por la extinta Sala de Juicio Nº 1 de este circuito judicial. ASI SE DECIDE.