n mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos YVELISE FREITES y CARLOS EUDIS PEREZ, contra la Sentencia definitiva dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, en fecha 19 de mayo de 2010, en el asunto N° JP41-V-2009-000261 de la nomenclatura de este Circuito Judicial, contentivo de demanda de Revisión de Régimen de Convivencia Familiar.
SEGUNDO: Como corolario de lo anterior, queda firme la sentencia apelada.
TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.