DISPOSITIVA
En atención a las anteriores circunstancias, esta Corte de Apelaciones del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Elías Mou Bayed, interpuso acción de amparo constitucional, contra la presunta omisión del Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, de pronunciarse sobre la solicitud de traslado que el mismo efectuara en fecha 21/06/2011 ante dicho Órgano Jurisdiccional, todo ello conforme el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; e INADMISIBLE la referida acción de amparo constitucional; todo ello conforme los artículos 26, 27, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Publíquese. Déjese copia certificada.....