Se declaró: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación ejercido y formalizado contra la decisión emanada del Tribunal Accidental de Juicio Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, extensión San Juan de los Morros, de fecha 12 de Junio de 2001, por el defensor privado del ciudadano WILFREDO MARTINEZ DOMINGUEZ. SEGUNDO: Se confirma la decisión emanada del Tribunal Accidental de Juicio Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, extensión San Juan de los Morros, de fecha 12 de Junio de 2001 y por vía consecuencial se decreta el sobreseimiento de la causa seguido contra el ciudadano WILFREDO MARTINEZ DOMINGUEZ, a tenor de lo dispuesto en el artículo 33 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ordena notificar a las partes. Esta Corte de Apelaciones fundamenta su decisión en los artículos 24 de la Constitución Nacional; 28 ordinal 4º, 33 ordinal 4º y 553 del Código Orgánico Procesal Penal.