DISPOSITIVA: Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se admite el presente recurso de apelación de conformidad con lo establecido en los artículos 374, 424, 427, 428 y 439 todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Abg. Jorge Luís Tesares, Fiscal Primero Municipal del Ministerio Público del estado Guárico (Actuando en representación del Fiscalía Octava (8º) del Ministerio Público). TERCERO: Se Confirma la decisión dictada el 01 de noviembre del año 2016 y publicada en fecha 02 de noviembre del año 2016, por el Juzgado Tercero (3º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, que acordó imponer al ciudadano Eshner Cupertino Guzman Gonzalez, titular de la cédula de ident.....