Dispositiva
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento ÚNICO: Se declara Inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación de sentencia, ejercido por la abogada Aguedalina Albino Mota, en su condición de Defensora Pública Penal Nº 01 del ciudadano José Antonio Pérez, seguida en la causa signada bajo al alfanumérico JP21-P-2014-005077 nomenclatura del Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua.