Se declaró SIN LUGAR la recusación formulada por el fiscal segundo del Ministerio Público del estado Guárico, abogado Richard Monasterio Marrero, contra el juez de juicio N° 01 del estado Guárico, extensión Calabozo, Abg. Josafat González Peraza, de acuerdo a lo establecido en el artículo 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Todo de conformidad con el artículo 49 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.