Dispositiva
Por todo cuanto antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el presente Recurso de Apelación de Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana Delia Victoria Trocel Solórzano, Acción de Amparo Constitucional Nº JP11-O-2012-000003, asistida por el abogado en ejercicio Elio Omar Rangel Trocell, en contra de los abogados Rafael Barrera y Maria Elena Romero, en sus condiciones de Fiscal Quinto Principal y Fiscal Quinto Auxiliar del Ministerio Publico, en no permitirle el acceso físico al expediente Nº 12F5-774-2003, de las causas llevadas por esa representación fiscal, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 26, 27, 49, 253 y 234 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 6, 5, 18 y 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derecho.....