Con fuerza en las motivaciones precedentes, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia: ÚNICO: Declara Sin Lugar la solicitud de aclaratoria requerida por la abogada Eva Lucia Arevalo, en su condición de Defensora Privada de los ciudadanos Luis Ruvalcaba Ordaz, Luis Carlos Ruvalcaba Pineda, Leonardo Andrés Castillo Zarate, y Luci Betzabeth García Laya, de la sentencia dictada por esta Alzada en fecha 04 de Diciembre del año 2018.