Se acordó devolver las actuaciones relacionadas con la penada Ana Ventura Restrepo Padilla al Tribunal de Ejecución N° 02 de este Circuito Judicial Penal, a los efectos de que exprese las razones de hecho y de derecho de la acción de revisión, que entiende esta Corte de Apelaciones, pretende ejercer a favor de la prenombrada penada. Con voto Salvado del Juez Miguel Angel Cásseres González.