SE DECLARO LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión publicada el 20 de Abril del 2006, donde se decretó la Medida Privativa de libertad en contra del ciudadano Arístides Rafael Romero Zambrano, y se ordena reponer la causa al estado de que se dicte nueva decisión con prescindencia de los vicios observados por esta sala en el presente caso. Como consecuencia de la nulidad, debe cesar la medida privativa de libertad impuesta al referido ciudadano y ordenarse su libertad plena. Se funda esta decisión en las disposiciones legales previstas en los artículos 1, 8, 10, 12, 19, 173, 190, 191, del Código Orgánico Procesal Penal; en armonía con el artículo 49.6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.