Declara inadmisible, el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carmine Romaniello, inscrito en el inpreabogado N° 18.482, en representación de los querellantes: Amelia Rafaela Laucho, José Francisco García Laucho, Luis Alfredo García Laucho, Pedro Luis García Laucho, Danny Noel García Laucho, Oswaldo José García Ruíz, Nancy Margarita Escalante. Se funda la presente decisión en los artículos 437 letras a y be del Código Orgánico Procesal Penal.