Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN interpuesto por la abogada Mercedes María Aponte Aponte en su condición de Fiscal Vigésimo Octavo (28°) del Ministerio Público del Estado Guárico, contra la decisión dictada en fecha 07 Marzo de 2018 por el Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo, en virtud del DECAIMIENTO DEL OBJETO de la acción recursiva.