se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Miguel Felipe Molina Yépez, contra la decisión del Juzgado 3° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo del 23 de septiembre de 2003, en el asunto donde aparece como imputado el ciudadano Mario Antonio Mota Monserrat. Se funda la decisión en el artículo 437 letra ¿b¿ del Código Orgánico Procesal Penal.