En mérito de las razones que fueron expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara con lugar, en los términos y condiciones como fue conocida y decidida la presente incidencia recursiva, interpuesta por los abogados Rafael Aguilar Romero y Maria Zoraida Medina , en contra de la decisión proferida por el Juzgado Segundo (2º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en fecha 05 de junio de 2013, y publicada in extenso en fecha 10 de junio de 2013, que niega la sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a la ciudadana YAMILET MORALES AGUILAR, por los delitos de Trata de Personas Mediante Rapto con Fines de Adopción Irregular, previsto y Sancionado en los artículos 41 de la Ley Contra la Delincuencia Organ.....