DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: SE ADMITE y el recurso de apelación que interpusiera el abogado Carlos Orocua, Fiscal Vigésimo Quinto (25º) del Ministerio Público del Estado Guárico, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 374 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión que otorgara Arresto Domiciliario al Ciudadano Luís Elías Pinto Álvarez, de conformidad con el numeral 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar el recurso de apelación que interpusiera el abogado Carlos Orocua, Fiscal Vigésimo Quinto (25º) del Ministerio Público del Estado Guárico, contra el dispositivo del fallo proferido en fecha 18 de Febrero de 2016, por el Juzgado Tercero (3º) de Control del Circuito Judicial Penal del.....