DISPOSITIVA: Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto la Abg. Maigualida Morgado Rueda actuando como Defensora, del ciudadano José Manuel Mejias Castillo; contra decisión dictada en fecha 17 de Enero de 2014 por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, mediante la declaró Improcedente la solicitud de Saneamiento de la decisión dictada en Audiencia Preliminar en fecha 25.11.2013. SEGUNDO: Se confirma la decisión referida ut supra.